{"id":5449,"date":"2011-01-13T12:26:36","date_gmt":"2011-01-13T17:26:36","guid":{"rendered":"http:\/\/travelbymexico.com\/blog\/?p=5449"},"modified":"2011-10-05T23:18:57","modified_gmt":"2011-10-06T04:18:57","slug":"la-constitucion-mexicana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/5449-la-constitucion-mexicana\/","title":{"rendered":"La Constituci\u00f3n Mexicana"},"content":{"rendered":"<h2>El 5 de febrero de 1917 se promulg\u00f3, en el Gran Teatro de la Rep\u00fablica de la ciudad de <a title=\"Gu\u00eda Tur\u00edstica de la ciudad de Quer\u00e9taro\" href=\"http:\/\/www.travelbymexico.com\/queretaro\" target=\"_blank\">Quer\u00e9taro<\/a>, la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, misma que fue considerada como una de las m\u00e1s avanzadas en su tiempo.<\/h2>\n<p>La Constituci\u00f3n de 1917 cristaliz\u00f3 los ideales revolucionarios que fueron elevados a la categor\u00eda de normas constitucionales. En ella se inclu\u00edan avanzados principios de reformas sociales y derechos en favor de obreros y campesinos. Adem\u00e1s, fue formulada para gobernar a todos los mexicanos sin distinci\u00f3n de raza, credo, condici\u00f3n social o pol\u00edtica, ya que en ella se elevaron al rango de normas constitucionales la libertad de pensamiento y de creencia.<\/p>\n<p>Sin embargo pasaron muchos a\u00f1os antes de consolidar una Constituci\u00f3n acorde a los tiempos y circunstancias de los mexicanos.<\/p>\n<p>A lo largo de nuestra historia distintas leyes fundamentales fueron emanadas de un Congreso Constituyente:<\/p>\n<p>&#8211; Acta constitutiva de la Federaci\u00f3n y la Constituci\u00f3n Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1824.<\/p>\n<p>&#8211; Las Siete Leyes Constitucionales, de 1835 a 1836.<\/p>\n<p>&#8211; Bases org\u00e1nicas de la Rep\u00fablica Mexicana, de 1843.<\/p>\n<p>&#8211; Acta constitutiva y de Reformas, de 1847.<\/p>\n<p>-Constituci\u00f3n Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1857.<\/p>\n<p>El <strong>Acta Constitutiva de la Federaci\u00f3n de 1824<\/strong> descart\u00f3 por primera vez todo tipo de legislaci\u00f3n extranjera, estableciendo el ejercicio absoluto de la soberan\u00eda y la autodeterminaci\u00f3n del pueblo mexicano. Los antecedentes de esa constituci\u00f3n los hallamos en la espa\u00f1ola de C\u00e1diz de 1812, en los &#8220;Sentimientos de la Naci\u00f3n&#8221; de Jos\u00e9 Mar\u00eda Morelos y en el Decreto Constitucional para la Libertad de la Am\u00e9rica Mexicana, o <strong>Constituci\u00f3n de Apatzing\u00e1n, de 1814<\/strong>.<\/p>\n<p>Tras la firma del Plan de Ayutla en febrero de 1856 (mismo que desconoc\u00eda el gobierno de Antonio L\u00f3pez de Santa Anna), como consecuencia del movimiento revolucionario encabezado por Juan Alvarez, fue convocado un Congreso Extraordinario reunido en la Ciudad de M\u00e9xico.<\/p>\n<p>Un a\u00f1o despu\u00e9s, el <strong>5 de febrero de 1857<\/strong>, el Presidente Ignacio Comonfort y el Congreso Constituyente aprobaron la nueva constituci\u00f3n, la cual conservaba el federalismo, las libertades de trabajo, de propiedad, de expresi\u00f3n de ideas, de imprenta, de asociaci\u00f3n, de petici\u00f3n y de comercio, as\u00ed como la abolici\u00f3n de la esclavitud. En ella se establec\u00edan como ciudadanos con derecho a voto todos los mexicanos varones que hubieran cumplido 18 a\u00f1os si eran casados y 21 si no lo eran.<\/p>\n<p>Unos meses despu\u00e9s, en vista de que el nuevo ordenamiento no hab\u00eda logrado una estabilidad en el pa\u00eds, el propio Comonfort la desconoci\u00f3 y se sum\u00f3 a la rebeli\u00f3n de Ignacio Zuloaga. La rebeli\u00f3n tuvo como consecuencia la llamada <strong>Guerra de Tres a\u00f1os<\/strong> o <strong>Guerra de Reforma<\/strong>, entre los conservadores que desconoc\u00edan la constituci\u00f3n y los liberales que la defend\u00edan. Triunfaron los liberales encabezados por <strong>Benito Ju\u00e1rez <\/strong>y durante el curso de la guerra se emitieron una serie de ordenamientos conocidos como Leyes de Reforma, entre las que destacan las que establecen la separaci\u00f3n entre la Iglesia y el Estado.<\/p>\n<blockquote><p>La Constituci\u00f3n de 1857 fue un elemento jur\u00eddico fundamental en la defensa ante la invasi\u00f3n francesa y el imperio de Maximiliano de Habsburgo, teniendo vigencia plena tras la expulsi\u00f3n de los extranjeros.<\/p><\/blockquote>\n<p>En 1910 da inicio la <strong>Revoluci\u00f3n Mexicana<\/strong>, a\u00f1o en el cual el Presidente <a title=\"Porfirio D\u00edaz Mori. M\u00e9xico Real. Historia de M\u00e9xico\" href=\"http:\/\/mr.travelbymexico.com\/197-porfirio-diaz-mori\" target=\"_blank\"><strong>Porfirio D\u00edaz<\/strong><\/a> ocupaba el poder. El primer jefe del Ej\u00e9rcito Constitucionalista, <strong>Venustiano Carranza<\/strong>, convoc\u00f3 en diciembre de 1916 al Congreso para presentar un proyecto de reformas a la Constituci\u00f3n de 1857. El documento pas\u00f3 por una numerosa serie de modificaciones, revisiones y adiciones, en un esfuerzo por plasmar en su contenido la nueva realidad del pa\u00eds.<\/p>\n<p>En el Gran Teatro Iturbide, hoy Teatro de la Rep\u00fablica de la ciudad de Quer\u00e9taro, fue promulgada el 5 de febrero de 1917 la nueva Constituci\u00f3n, que actualmente nos rige. En ella se establecieron los ideales revolucionarios del pueblo mexicano con un marcado contenido social y se plasm\u00f3 un gobierno para todos los mexicanos sin distinci\u00f3n de raza, credo, condici\u00f3n social o pol\u00edtica.<\/p>\n<p>La <strong>Carta Magna <\/strong>estableci\u00f3 plenamente las garant\u00edas individuales y reconoci\u00f3 los derechos sociales, como el de huelga y el de organizaci\u00f3n de los trabajadores, el derecho a la educaci\u00f3n, libertad de culto, ense\u00f1anza laica y gratuita, la jornada de trabajo m\u00e1xima de 8 horas, adem\u00e1s de reconocer como fundamentales la libertades de expresi\u00f3n y la asociaci\u00f3n de los trabajadores. Estableci\u00f3 una forma de Gobierno republicana, representativa, dem\u00f3crata y federal. Se refrend\u00f3 la divisi\u00f3n de poderes en Ejecutivo, Judicial y Legislativo. Est\u00e9 \u00faltimo pas\u00f3 a conformarse como sistema bicameral, constituido por una c\u00e1mara de Diputados y una de Senadores.<\/p>\n<p>La Constituci\u00f3n decret\u00f3 la no reelecci\u00f3n y ratific\u00f3 el sistema de elecciones directas, suprimi\u00f3 la vicepresidencia, otorg\u00f3 una mayor autonom\u00eda al Poder Judicial y m\u00e1s soberan\u00eda a los estados. La Carta Magna cre\u00f3 el municipio libre y estableci\u00f3 un ordenamiento agrario relativo a la propiedad de la tierra.<\/p>\n<p>Desde su aparici\u00f3n, la Constituci\u00f3n de 1917 ha experimentado m\u00faltiples modificaciones para responder al entorno pol\u00edtico, social y econ\u00f3mico de nuestro pa\u00eds. Ejemplo de estas modificaciones son las reformas de 1953, en que se otorg\u00f3 <strong>derecho de voto a las mujeres<\/strong>, y de 1969, en que se concedi\u00f3 la ciudadan\u00eda a todos los mexicanos mayores de 18 a\u00f1os. Otras reformas electorales tuvieron lugar en 1977, 1986, 1989, 1990, 1993, 1994 y 1996, destinadas a garantizar elecciones legales y respetuosas de la voluntad popular.<\/p>\n<p>Los Estados Unidos Mexicanos, naci\u00f3n pluricultural gracias a la ra\u00edz ind\u00edgena que lo nutre, celebra un a\u00f1o m\u00e1s de libertad y autodeterminaci\u00f3n, un a\u00f1o m\u00e1s de soberan\u00eda, concediendo a los mexicanos derechos y obligaciones: conceptos reflejados en la Carta Magna, nuestra <strong>Constituci\u00f3n Mexicana<\/strong>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 5 de febrero de 1917 se promulg\u00f3, en el Gran Teatro de la Rep\u00fablica de la ciudad de Quer\u00e9taro,<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":7454,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[19],"tags":[46,325,409,1041,1256],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5449"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5449"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5449\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7453,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5449\/revisions\/7453"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7454"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5449"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5449"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.travelbymexico.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5449"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}