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VISAS |
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Países que NO necesitan visa (FMTTV): |
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* Alemania
* Andorra
* Argentina
* Australia
* Austria
* Bélgica
* Brasil
* Canadá
* República Checa
* Chile
* Chipre
* Corea del Sur
* Costa Rica
* Dinamarca
* Eslovenia
* Eslovaquia
* España
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* Estados Unidos de América
* Estonia
* Finlandia
* Francia
* Gran Bretaña
* Grecia
* Honduras
* Hong Kong*
* Hungría
* Irlanda
* Islandia
* Israel
* Italia
* Japón
* Letonia
* Liechtenstein
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* Lituania
* Luxemburgo
* Malta
* Mónaco
* Noruega
* Nueva Zelanda
* Países Bajos
* Panamá
* Polonia
* Portugal
* San Marino
* Singapur
* Sudáfrica
* Suecia
* Suiza
* Uruguay
* Venezuela |
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Podrán internarse a México sin necesidad de visa, presentando tu pasaporte y la "Forma Migratoria de Turista, Transmigrante, Visitante persona de negocios o Visitante consejero", que puedes obtener en agencias de viaje, líneas aéreas o en el propio punto de internación a México.
Esta facilidad aplica también para los residentes legales permanentes en los Estados Unidos de América o Canadá, sin importar cuál sea su nacionalidad.
El agente migratorio en el punto de internación podrá solicitarte además que compruebes tener la solvencia económica necesaria y el boleto de regreso a tu país.
Por convenio con Canadá y los Estados Unidos de América, sus nacionales pueden acreditar su nacionalidad con pasaporte o con otros documentos públicos, como son:
* Copia certificada del acta de nacimiento.
* Credencial para votar.
* Certificado de naturalización.
Si alguno de estos documentos carece de fotografía, deberán acreditar su nacionalidad con algún otro documento oficial:
* Licencia de manejo.
* Identificación expedida por entidad o institución oficial.
Aunque los nacionales de Canadá y los Estados Unidos de América no necesitan pasaporte, el Instituto Nacional de Migración recomienda su uso para agilizar su paso por el punto de internación.
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Países que SI necesitan visa (FMTTV): |
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* Afganistán
* Albania
* Angola
* Antillas Holandesas
* Arabia Saudita
* Argelia
* Armenia
* Bahamas
* Bangladesh
* Barbados
* Belice
* Benin
* Bielorrusia
* Bolivia
* Bosnia
* Herzegovina
* Botswana
* Bulgaria
* Burkina Faso
* Burundi
* Bután
* Cabo Verde
* Caimán Islas
* Camboya
* Camerún
* Centro África Rep.
* Chad
* China Popular
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* Colombia
* Comoras
* Congo
* Corea del Norte
* Croacia
* Cuba
* Curazao
* Dominicana Rep.
* Ecuador
* Egipto
* El Salvador
* Emiratos Arabes Unidos
* Etiopía
* Federación Rusa
* Fiji Islas
* Filipinas
* Gabon
* Grenada
* Guatemala
* Guinea
* Guinea Bissau
* Guinea Ecuatorial
* Guyana
* Haití
* India
* Indonesia
* Peru |
* Irak
* Irán
* Jamaica
* Jordania
* Kenia
* San Cristobal y Nieves
* Senegal
* Siria
* Somalia
* Sri Lanka
* Sta. Lucía
* Sudán
* Surinam
* Tailandia
* Taiwán
* Tanzania Rep.
* Trinidad y Tobago
* Túnez
* Turcos y Caicos Islas
* Turquía
* Ucrania
* Uganda
* Uzbekistán
* Vanuatu
* Vietnam
* Yemen
* Zaire
* Zambia |
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Para tal efecto, debe acudir a la Embajada o Consulado mexicano para solicitar su visa y su forma migratoria.
En este caso, deberás presentar lo siguiente:
* Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente.
* Acreditar solvencia económica mediante alguno de los siguientes documentos:
Comprobante de empleo estable o actividad independiente en su lugar de residencia que acrediten ingresos mínimos mensuales por US $500.00 dólares, o Constancia de propiedad inmobiliaria debidamente registrada a su nombre, o Copia de estado de cuenta bancaria o de valores con saldo anual promedio no inferior a US $2,000.00 dólares, o Copia de tarjeta de crédito internacional.
* Boleto de avión que acredite su retorno al país de origen o residencia.
Para la internación de tus familiares (cónyuge, hijos o padres), deberás acreditar el parentesco.
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Ampliación de Estancia Como Turista |
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Debes acudir a cualquier oficina o delegación del Instituto Nacional de Migración para solicitar la ampliación de tu estancia como Turista.
Este trámite se resuelve en pocos minutos y los requisitos son los siguientes:
* Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente.
* Forma migratoria de turista vigente.
* Acreditar que cuentas con recursos económicos para tu estancia.
* Pago de derechos.
Como turista puedes permanecer en México hasta 180 días. |
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